Atravesar una separación es un proceso complicado, más allá de las circunstancias del caso, y eso se debe a que, superando las apreciaciones teóricas, se dificultan las operaciones prácticas, por ejemplo a la hora de concretar las vacaciones de verano entre padres e hijos.
Precisamente, esta es una de las principales consultas que reciben los abogados de familia cada año cuando el ciclo lectivo está por concluir y se acercan las fechas estivales en las que la mayoría opta por irse unos días de vacaciones, adaptándose a esta nueva realidad intrafamiliar.
La actuación de estos profesionales resulta indispensable, por cuestiones obvias, para que ambos padres queden conformes con la determinación final, y no sean ellos quienes tengan que tomar decisiones que pueden afectar negativamente a alguna de las partes por imposición de la otra.
Dos formas de distribuir las vacaciones
Lo normal es que los padres divorciados tengan fijado en el convenio regulador el período concreto en el que van a disfrutar con sus hijos de las vacaciones.
En líneas generales, hay dos formas básicas de distribuir las vacaciones, bien teniendo en cuenta únicamente los meses de julio y agosto, o bien considerando la totalidad de las mismas.
Por cuál de ambas opciones se decanta cada grupo familiar estará sujeto a la disponibilidad que tiene cada progenitor de pasar tiempo con los hijos, así como de las particularidades que surgieran de las obligaciones contraídas en el ámbito laboral, las que indudablemente alterarán cualquier plan original, llevando a que el mismo sea adecuado a esas situaciones especiales.
Justamente, el juez que decide en la causa, revisará detenidamente la disponibilidad de cada padre antes de dictar una sentencia acerca de qué período debe pasar el hijo (o los hijos) con cada uno. También los apoyos familiares son fundamentales para alcanzar una solución satisfactoria.
Hay casos en los que el régimen de guarda y custodia que se haya acordado incumbe porque entonces no haría falta más que dictaminar sobre los meses de junio, julio y agosto de cada año.
Analizados todos estos factores, lo habitual es que en virtud de los desplazamientos y escapadas que se lleven a cabo, las vacaciones se dividan por semanas o por quincenas, siendo la primera la opción más escogida casi siempre que haya menores de seis años involucrados, y la segunda si solamente hay mayores de esa edad implicados, quienes pueden pasar más tiempo separados de un progenitor. Sin embargo, esta no es una norma y dependerá de cada caso. – Echa un vistazo a este artículo del blog para más información sobre el tema.
¿Puedo viajar al extranjero con mis hijos?
Por supuesto que puedes viajar al extranjero con tus hijos, aunque tendrás formalidades específicas que cumplir. Dichos requisitos pueden incluir una firma de autorización por parte del ex cónyuge o simplemente indicar al otro progenitor con detalle a dónde se quiere viajar y durante cuánto tiempo, puesto que informar al ex cónyuge es una obligación legal.
¿Qué pasa con la pensión de alimentos durante esos meses?
La pensión de alimentos debe pagarse los 12 meses del año, independientemente de con quién estén los niños, por lo que no puede interrumpirse ni siquiera cuando quien la paga permanece con ellos (más información).
*Si sigues teniendo dudas sobre el tema de las vacaciones con hijos menores, o bien precisas asistencia legal, ponte en contacto con nuestro despacho de abogados expertos en divorcios.