Como expertos en Derecho Familiar y Penal, en Saverio Abogados estamos acostumbrados a consultas tanto generales como particulares. Algunas de las últimas tienen que ver con determinadas circunstancias, y cambian a medida que el contexto (en este caso, económico) sufre ciertas modificaciones.
Actualmente nos encontramos con una pregunta muy habitual, relacionada con la difícil situación económica que atraviesa España hoy en día; nos referimos a cómo afecta la subida del IPC en el cálculo de la pensión de alimentos y de la pensión compensatoria, teniendo en cuenta que éste es uno de los elementos que quedan establecidos en la sentencia de divorcio, pero que puede ser apelado tras la separación, si las circunstancias que rodean a las obligaciones dejan de ser las que eran en ese momento.
La inflación obliga a la revisión
El IPC, Índice de Precios al Consumidor o Índice de Precios de Consumo, evidencia que estamos atravesando un período inflacionario. Sufrimos una variación de los precios al alza que impacta en los hogares, y que las familias padecen más allá de su organización.
Al encarecerse el coste de vida, queda claro que las determinaciones que un tribunal hiciera en el pasado deben ser revisadas en el presente. Esto, con el objetivo de que no se produzca un desequilibrio económico entre los ex cónyuges, y priorizando la calidad de vida de los menores a su cargo.
¿Cómo se calcula la actualización del IPC? ¿Cuántos meses hay que tener en cuenta?
Como decíamos, las pensiones compensatorias o de alimentos son fijadas por Sentencia o Convenio Regulador a partir de la capacidad financiera de cada uno de los progenitores, respetando el principio de proporcionalidad entre ambos, y admitiendo actualizaciones.
La forma en la que se actualice este dictamen dependerá de lo indicado en la resolución judicial precedente (por ejemplo, cada 1 de enero). Lo que no varía es la cantidad de meses que se considera, que siempre debe ser de 12 meses, independientemente del inicio del conteo.
¿Cómo es el procedimiento para reclamar la actualización? ¿Existe algún plazo?
Es importante destacar que la actualización de los montos corresponde a quien tiene la obligación de realizar el pago a su ex cónyuge. De no actualizarse ni abonarse la pensión correspondiente, se generará inmediatamente una deuda que irá aumentando conforme pasen los meses y que puede reclamarse tanto por vía judicial como extrajudicial, por lo que es indispensable abordar el tema y no dilatarlo para evitar problemas.
¿Qué solución propone nuestro despacho?
Desde Saverio Abogados recomendamos alcanzar una solución amistosa a estas controversias por cuestiones que superan a las partes. Antes de pasar a mayores, aconsejamos llevar a cabo una reclamación extrajudicial a través de un documento que, en todo caso, será prueba fehaciente de la existencia de esa deuda. Un Burofax es una opción que nunca debería descartarse en este tipo de supuestos.
De darse una negativa, nuestros abogados especialistas en Derecho de Familia iniciarán una reclamación por la vía judicial, tanto civil como penal, una vez cumplidos aquellos requisitos imprescindibles que dicta la Ley.
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