Una de las principales consultas que recibe por parte de sus clientes cualquier despacho de abogados experto en Derecho de Familia y Derecho Penal familiar, tiene que ver con las cuestiones financieras compartidas de quienes fueron pareja, y que deben actualizarse una vez que los cónyuges dividen sus caminos.
Más pronto que tarde, cuando se produce una separación o divorcio, los asuntos económicos saltan a la mesa. Esto se debe a que el patrimonio suele ser uno de los aspectos en los que hay desavenencias. Muchas veces, incluso, puede ser una de las causas del final de la pareja o matrimonio.
En este artículo en particular queremos detenernos en lo que, consideramos, son los inconvenientes de tener una cuenta corriente común tras el divorcio, una práctica que algunas parejas eligen mientras conviven, pero que rápidamente se transforma en problema al separarse.
¿Qué pasa con las cuentas bancarias en caso de divorcio?
Como explicábamos, son varias las situaciones en las que puede existir una cuenta corriente común. Una de las más frecuentes es la relacionada con la compra de viviendas vía hipoteca, en cuyo caso ambos cónyuges tendrán que asumir el pago de la deuda, en la fórmula que consideren oportuna. Pero suponiendo que ambos se hagan cargo, deberán mantenerla e ir pagándola a medias, o como acuerden entre las partes.
El obstáculo es que, usualmente, el compartir una cuenta corriente sólo genera más encontronazos. Los “roces” pueden multiplicarse cuantas más cosas permanezcan en común, por lo que no se recomienda optar por esta salida, ni siquiera en caso de que entre en juego la custodia compartida de los hijos.
¿Por qué es problemático tener una cuenta corriente en común?
Embargos
Si uno de los cónyuges contrae una obligación de pago a la que luego no puede hacer frente, ambos serán perjudicados por el embargo de la cuenta, lo que victimizará a la parte sin culpa alguna.
Gastos
Como la cuenta tiene dos titulares, cualquiera puede hacer y deshacer con ella lo que le plazca. Consecuencia de esto, es posible que uno de los cónyuges, en un momento de enfado con el otro, retire grandes sumas de dinero o haga gastos fuera de lo acordado, solo con el afán de molestar.
Ejecución de sentencia
Finalmente, en un procedimiento de ejecución de sentencia contra la ex pareja, se puede embargar la cuenta a la parte deudora, pero, al ser compartida, la parte acreedora será pagada con su dinero.
Cuenta bancaria común tras el divorcio, un mal no necesario
La Audiencia Provincial de Valladolid en sentencia de 27 noviembre (número de sentencia: 408/2020), ha dictaminado que no es necesario que haya una cuenta bancaria común tras el divorcio, ni siquiera cuando se haya solicitado el régimen de custodia compartida, por lo que se libera a los progenitores de conservar una identidad bancaria en común, otorgándoles total libertad en este sentido.
En resumen, la cuenta bancaria en común es fuente de conflictos, por lo que, de existir previamente y no haber un motivo para mantenerla (al igual que la hipoteca) conviene disolverla durante el proceso de separación, permitiéndole a los cónyuges que no se vean afectados por las acciones del otro.
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