Divorcio y solicitud de nacionalidad española: ¿qué hay que tener en cuenta?

Un duda muy común entre aquellos ciudadanos no nacionales que residen en España es si, tras una sentencia de divorcio, pierden o se les deniega la nacionalidad.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la nacionalidad española no se consigue tras el matrimonio, sino que se concede por residencia, siendo el vínculo matrimonial lo que hace que el tiempo de residencia necesario para obtener la nacionalidad se reduzca a un año.

Teniendo en cuenta lo anterior, si la residencia legal se ha obtenido por ser cónyuge de un ciudadano español, la disolución de este vínculo sí puede conllevar la pérdida de la condición de residente.

 

Dicho esto, ¿qué debería tener en consideración un extranjero a la hora de divorciarse para no perder la nacionalidad española?

  • Lo primero será asegurarse de comunicarlo a la oficina de extranjería para poder iniciar el procedimiento de modificación de residencia, dentro de los tiempos establecidos.
  • Si cumple con los requisitos, es aconsejable iniciar el proceso de solicitud de nacionalidad antes de que la sentencia de divorcio sea firme.
  • Finalmente, se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado especialista en divorcios.

Y es que, el solicitante de la nacionalidad española por residencia casado con español, también puede obtener la nacionalidad si cumple con otros requisitos (como pueden ser: arraigo familiar, laboral y social en España, no tener antecedentes penales, integración en este país…). Dichos requisitos son valorados por la Dirección General de Registros y Notariados y demás instancias que intervienen en la resolución. 

Es decir, si el solicitante no nacional cumple con todas las condiciones, puede obtener la nacionalidad esté casado, soltero, viudo o divorciado.

 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la nacionalidad?

De acuerdo con la Ley 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad, esta puede adquirirse por diferentes vías:

  1. Nacimiento en territorio español, cuando concurra alguna de las circunstancias descritas en el artículo 17;
  2. Siempre y cuando el solicitante haya residido legalmente y de forma continuada (y tenga el pertinente certificado) en el país durante, al menos, los 10 años inmediatamente anteriores a la solicitud (artículo 22.3 CC). 
  3. El caso de que el solicitante haya obtenido asilo o refugio en España, pues en este caso será suficiente contar con el relativo certificado de residencia legal y continuada de 5 años de duración.

Resumiendo, divorciarse de un cónyuge español no es suficiente para perder la nacionalidad española. Si has conseguido la nacionalidad española y te divorcias o te separas legalmente, no debes preocuparte: podrás conservar tu nacionalidad de pleno derecho, como cualquier  ciudadano español.

 

*Si tienes dudas sobre el tema, contáctanos: desde nuestro despacho de abogados especialistas en Derecho de Familia te ayudaremos.

Hacemos uso de cookies propias y de tercero para mejorar nuestro servicio y recabar datos estadísticos. Para más información puedes consultar nuestra    Política de Cookies
Privacidad