El final del verano suele marcar un regreso a la rutina. Vuelven los horarios, el trabajo, el colegio y las obligaciones que durante unos meses pueden haber quedado en segundo plano. Para algunas parejas, ese regreso también supone enfrentarse a una cuestión que llevaba tiempo presente: la relación ya no funciona como antes.
No puede afirmarse que el verano provoque más divorcios. De hecho, las estadísticas judiciales registran las demandas de divorcio por trimestres, pero esos datos no permiten atribuir las decisiones de las parejas a una causa concreta. En el tercer trimestre de 2025, por ejemplo, los órganos judiciales españoles recibieron 16.444 demandas de disolución matrimonial, un 14,9 % menos que en el mismo periodo del año anterior. En Madrid fueron 2.205, también menos que un año antes.
Lo que sí puede ocurrir es que unas semanas de convivencia más intensa hagan más visibles problemas que la dinámica habitual del resto del año permitía esquivar. Y cuando una pareja llega a la conclusión de que quiere separarse, la decisión sentimental es solo el principio. A partir de ahí aparecen cuestiones con consecuencias jurídicas que conviene abordar con calma.
Volver a la rutina puede confirmar una decisión
Durante el año, muchas parejas funcionan apoyándose en una estructura muy marcada: cada uno tiene sus horarios, responsabilidades y espacios, y buena parte de la convivencia queda organizada alrededor de obligaciones concretas.
Las vacaciones alteran ese equilibrio. Hay más tiempo compartido, cambian las responsabilidades familiares y aumenta la necesidad de tomar decisiones conjuntamente. Esto no significa que una pareja que discute durante las vacaciones esté abocada al divorcio. Tampoco que un conflicto puntual tenga relevancia jurídica.
Pero cuando al regresar a la rutina aparece la sensación de que los problemas no eran circunstanciales, sino estructurales, puede comenzar a plantearse seriamente la ruptura.
En ese momento es importante diferenciar dos cuestiones: una es decidir que el matrimonio ha terminado; otra, muy distinta, es determinar cómo se va a organizar la vida después del divorcio. Y esta segunda decisión puede ser considerablemente más compleja.
El divorcio no consiste únicamente en disolver el matrimonio
En España, el divorcio puede solicitarse por uno solo de los cónyuges, por ambos o por uno con el consentimiento del otro, siempre que se cumplan los requisitos legales. Con carácter general, han de haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo excepciones previstas legalmente.
Sin embargo, que el divorcio sea jurídicamente posible no significa que todas sus consecuencias estén resueltas.
Cuando existen hijos, por ejemplo, hay que determinar cómo se ejercerá la patria potestad, cómo se organizará la guarda y custodia y el régimen de estancias y comunicaciones. También debe establecerse la contribución de cada progenitor a los alimentos de los hijos. La separación o el divorcio no eliminan las obligaciones de los padres respecto de ellos.
Y no todo gira alrededor de los hijos. La vivienda familiar, las cargas del matrimonio, el régimen económico y su eventual liquidación o una posible pensión compensatoria también pueden formar parte de las cuestiones que deben quedar reguladas.
Por eso, uno de los errores más frecuentes al comenzar a plantearse un divorcio es pensar únicamente en la ruptura de la convivencia sin anticipar cómo quedará configurada la situación posterior.
El convenio regulador merece más atención de la que suele recibir
Cuando existe acuerdo, el convenio regulador permite concretar las medidas que van a regir la nueva situación familiar. La ley contempla expresamente cuestiones como el cuidado de los hijos, el ejercicio de la patria potestad, el régimen de visitas, el uso de la vivienda familiar, la contribución a las cargas y alimentos, la liquidación del régimen económico cuando proceda y, en su caso, la pensión que corresponda a uno de los cónyuges.
Esto tiene una consecuencia práctica importante: llegar a un acuerdo no significa simplemente concordar divorciarse. También significa pactar lo que viene después.
Precisamente por eso, no siempre es conveniente aceptar con rapidez el primer reparto que parece razonable. Una decisión que hoy puede resultar cómoda puede generar dificultades cuando cambien los horarios laborales, las necesidades de los hijos o la situación económica de cualquiera de los progenitores.
El convenio debería contemplar la realidad familiar de manera suficientemente precisa, sin convertirlo tampoco en un documento imposible de aplicar en la práctica.
Especial atención a la situación económica
El final de las vacaciones también puede hacer más evidente una cuestión que durante el matrimonio se percibía de otra manera: cómo quedarán económicamente ambos cónyuges después de la ruptura.
La pensión compensatoria no se concede automáticamente porque exista una diferencia de ingresos. El artículo 97 del Código Civil la vincula a la existencia de un desequilibrio económico que implique un empeoramiento respecto de la situación anterior en el matrimonio. Para determinarla pueden valorarse circunstancias como la edad, la cualificación profesional, las posibilidades de acceder a un empleo, la dedicación a la familia, la duración del matrimonio y los medios económicos y necesidades de ambos.
Por tanto, no basta con comparar dos nóminas. La situación económica que deja un divorcio requiere analizar cómo se ha construido la vida familiar y qué consecuencias produce realmente la ruptura.
*Más información:
¿Tengo derecho a recibir una pensión compensatoria tras el divorcio?
Antes de dar el paso conviene conocer las consecuencias
Decidir divorciarse es una decisión personal. Pero decidir en qué condiciones hacerlo es también una cuestión jurídica.
Por eso, cuando después del verano una persona empieza a valorar seriamente la ruptura, puede ser conveniente asesorarse antes de comunicar determinadas decisiones, abandonar la vivienda familiar, realizar determinados movimientos económicos o aceptar acuerdos informales sobre los hijos.
Contar previamente con información jurídica no obliga a iniciar un procedimiento. Sirve, precisamente, para saber qué opciones existen y qué consecuencias puede tener cada una antes de tomar decisiones difíciles de deshacer.
En nuestro despacho de abogados de divorcio acompañamos a nuestros clientes durante el proceso de divorcio, tanto cuando existe posibilidad de alcanzar un acuerdo como cuando es necesario acudir a la vía contenciosa, analizando las circunstancias concretas de cada familia para proteger sus intereses y, especialmente, los de los hijos cuando los hay.
