El plan de parentalidad es un documento que deben aportar los progenitores en un proceso de separación o de divorcio.
La Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, aporta novedades en lo que concierne a las rupturas de pareja:
- Introduce términos como “coparentalidad” y “plan de parentalidad” y elimina el controvertido término “custodia”.
- Se quiere favorecer los derechos del niño/a a: mantener una relación con los dos progenitores; ser atendido por ambos progenitores; mantener relaciones con sus hermanos y abuelos.
- Subrayar el derecho y obligación de los progenitores a ejercer las responsabilidades parentales, favoreciendo que ambos compartan sus responsabilidades hacia sus hijos después de la ruptura.
El plan de parentalidad debe incluir cierta información que vamos a detallar a continuación:
- El lugar o lugares donde vivirán los hijos habitualmente, incluyendo reglas que determinen la manera en que ambos progenitores vayan a ejercer sus responsabilidades parentales (la guarda y custodia, el cuidado, la educación de sus hijos, etc.) en cada momento.
- Las tareas de las que se deben responsabilizar cada progenitor en relación con las actividades cotidianas de los hijos.
- La forma en que deben hacerse los cambios de guarda y cómo deben repartirse los gastos en estos casos.
- El régimen de relación y comunicación con los hijos durante el periodo en que un progenitor no los tenga con él.
- El régimen de guarda y custodia de los hijos en vacaciones y en fechas señaladas o importantes para los hijos, los progenitores y su familia.
- El tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de ocio.
- La manera de comunicarse para que ambos progenitores estén siempre informado sobre la educación, la salud y el bienestar de los hijos.
- La forma de tomar las decisiones sobre cuestiones relevantes para los hijos.
Si no existe acuerdo o si este no se ha aprobado, corresponderá a la autoridad judicial determinar cómo se tendrán que ejercer las responsabilidades parentales y, en particular, la guarda y custodia.
Concretamente, el objetivo del plan de parentalidasd es aclarar y definir la relación entre hijos y progenitores: desde cómo solucionar las discrepancias sobre el ejercicio de la patria potestad y la forma en que se producirán los cambios, pasando por la regulación de las comunicaciones entre los padres o de la intervención de terceros para ayudar de forma puntual, hasta llegar a la relación de los hijos con los abuelos.
Por esta razón, se debe plasmar en el plan de parentalidad cada uno de los aspectos que pueden afectar a los hijos, para que el tribunal compruebe la idoneidad y claridad del acuerdo antes de aprobarlo.
*Para más información sobre el tema, no dudes en contactar con tu abogado familiar de confianza: Javier Márquez García.