Si has atravesado en algún momento un proceso de separación o divorcio, probablemente ya estés familiarizado con ciertos términos, como por ejemplo “custodia compartida” o “casa nido”. Eventualmente, éstas son dos de las soluciones que se plantean en tales circunstancias.
De hecho, estamos en presencia de una de las consultas más habituales que los padres divorciados hacen a los abogados en divorcio que atienden sus casos.
Básicamente, cuando hablamos de custodia compartida bajo el régimen de casa nido, entendemos que los hijos permanecerán en el que ha sido su hogar hasta ese entonces, siendo los padres quienes entren y salgan de la vivienda, para preservar su relación con el entorno habitual.
Todo esto, evidentemente, en virtud de los tiempos que maneje cada uno de los progenitores, como de lo que se haya estipulado en ese entendimiento de custodia compartida y casa nido.
¿Cuáles son las características de esta modalidad?
En la custodia compartida con casa nido, el domicilio familiar es atribuido a los menores, en lugar de atribuirse a uno de los padres, normalmente la madre.
En el convenio regulador derivado de la separación o divorcio, se especifican cuáles son los tiempos que pasarán los padres con sus hijos, delimitándolos en lapsos diarios, semanales o mensuales, manteniéndose inalterable que sean los hijos los que se mantienen en su hogar.
Para algunas familias la custodia compartida en modalidad de casa nido puede funcionar de forma temporal, y también puede que excepcionalmente sea la opción ideal para otros núcleos familiares. Pero en la mayoría de los casos, la buena relación inicial se desgasta por culpa de este método.
¿Por qué los profesionales no lo recomiendan?
Generalmente, los abogados especialistas en Derecho de Familia no suelen recomendar la custodia compartida con casa nido. Si bien admiten determinadas ventajas de esta modalidad, como evitarle a los hijos la constante adaptación a hogares diferentes en los que desarrollarse y su aprovechamiento como transición hasta que se liquiden los bienes familiares en común, es poco probable que sugieran esta opción.
Los inconvenientes de la custodia compartida en la modalidad de casa nido contemplan, entre otros, ese desgaste de la rutina en la que las mismas personas, en la misma vivienda, repetirán muchos de los mecanismos sociales que provocaron la separación o divorcio, y que difícilmente se revierten.
Por otro lado, está claro que los padres suelen tener normas de convivencia distintas para los hijos, así que al cabo de un tiempo puede que eso genere conflictos internos dentro del grupo, confundiendo a los menores acerca de sus derechos y obligaciones.
Y a eso hay que sumarle el coste de mantener tres inmuebles, sumándole al familiar dos más en los que deberían habitar cada uno de los progenitores al abandonar la casa nido.
Sin duda estamos ante una opción compleja que en muy pocos casos se convierte en la modalidad ideal desde un punto de vista profesional.
*Para más información o si precisas la ayuda de Saverio Abogados, ponte en contacto con nosotros.