Compartir el tiempo con los hijos no significa necesariamente compartir los gastos en la misma proporción. Cuando uno de los progenitores dispone de unos ingresos muy superiores a los del otro, puede ser necesario establecer una pensión de alimentos para garantizar que los menores mantengan unas condiciones de vida equilibradas en ambos hogares.
Esta es una de las cuestiones que más dudas genera tras un divorcio, especialmente cuando ambos padres participan activamente en la crianza.
La custodia compartida no implica un reparto idéntico de los gastos
Uno de los errores más habituales consiste en pensar que, si los hijos pasan el mismo tiempo con ambos progenitores, cada uno debe asumir exactamente la mitad de todos los gastos. Sin embargo, el Derecho de Familia no funciona de esa manera.
La obligación de prestar alimentos a los hijos depende de la capacidad económica de cada progenitor. Es decir, ambos contribuyen, pero no necesariamente en la misma cuantía. Si uno obtiene unos ingresos muy superiores, es posible que deba realizar un esfuerzo económico mayor para cubrir las necesidades de los menores.
El objetivo no es compensar al otro progenitor, sino proteger el interés de los hijos.
Lo importante no es quién gana más, sino cuánto influye esa diferencia
No cualquier desigualdad económica justifica el establecimiento de una pensión de alimentos. En muchas familias existen diferencias salariales perfectamente compatibles con una custodia compartida sin necesidad de fijar una pensión periódica.
La cuestión cambia cuando esa diferencia impide que ambos hogares puedan atender de forma razonablemente similar las necesidades cotidianas de los hijos. La finalidad de la pensión no es igualar el nivel económico de los progenitores, sino evitar que los menores experimenten un desequilibrio significativo en aspectos esenciales de su vida diaria.
¿Qué ingresos se tienen en cuenta?
Una de las cuestiones más complejas consiste en determinar cuál es la verdadera capacidad económica de cada progenitor.
No basta con observar la nómina o la declaración de la renta de forma aislada. También pueden valorarse ingresos variables, rendimientos de actividades económicas, patrimonio que genere rentas o cualquier otra circunstancia que refleje la situación económica real.
Por eso, en determinados procedimientos resulta especialmente importante acreditar cuáles son los ingresos efectivos y no únicamente los que aparecen reflejados de forma documental.
Los gastos también forman parte de la ecuación
La capacidad económica no se analiza únicamente desde el punto de vista de los ingresos. También resulta relevante conocer qué gastos soporta cada progenitor y cuáles están directamente relacionados con el cuidado de los hijos.
No es lo mismo asumir determinados gastos durante los periodos de convivencia que afrontar además pagos permanentes relacionados con la educación, la salud o las actividades habituales del menor.
La valoración debe hacerse teniendo en cuenta el conjunto de obligaciones económicas existentes.
La pensión no cuestiona la custodia compartida
Existe cierto temor a que el establecimiento de una pensión de alimentos signifique que la custodia compartida ha fracasado o que uno de los progenitores asume un papel menos relevante. Nada más lejos de la realidad.
- La custodia compartida regula el tiempo y las responsabilidades parentales.
- La pensión de alimentos responde a una cuestión diferente: cómo se distribuye el esfuerzo económico necesario para atender las necesidades de los hijos.
Ambas medidas pueden convivir perfectamente cuando así lo exige la situación económica de la familia.
¿Y si la situación cambia con el tiempo?
Las diferencias económicas no siempre permanecen estables. Puede ocurrir que quien hoy necesita recibir una pensión mejore sustancialmente su situación laboral o, por el contrario, que quien la abona vea reducidos de forma importante sus ingresos.
Cuando esos cambios son relevantes y tienen vocación de permanencia, puede solicitarse una modificación de las medidas previamente acordadas o establecidas judicialmente.
No se trata de revisar la pensión porque exista una variación puntual, sino porque la realidad económica sobre la que se fijó haya cambiado de forma significativa.
*Más información en el artículo que te dejamos a continuación:
Es importante evitar acuerdos que funcionen solo sobre el papel
En ocasiones, durante un divorcio se alcanzan acuerdos económicos con el objetivo de cerrar el procedimiento cuanto antes.
Sin embargo, una distribución de gastos que no refleje la verdadera capacidad económica de ambos progenitores suele convertirse en un foco de conflicto pocos meses después.
Una pensión insuficiente puede dificultar que uno de los hogares atienda adecuadamente las necesidades del menor. Una pensión excesiva, por el contrario, puede resultar imposible de mantener en el tiempo.
Por eso resulta mucho más útil construir un acuerdo realista que intentar repartir los gastos de forma aparentemente igualitaria cuando las circunstancias económicas no lo son.
La prioridad sigue siendo el bienestar de los hijos
Cuando existe custodia compartida, el debate no debería centrarse en cuál de los progenitores paga más o menos, sino en cómo garantizar que los hijos mantengan unas condiciones de vida adecuadas con ambos. Ese es el verdadero criterio que inspira la fijación de una pensión de alimentos cuando existen diferencias importantes de ingresos.
Cada familia presenta unas circunstancias distintas, por lo que no existen fórmulas automáticas ni porcentajes aplicables a todos los casos. Analizar correctamente la situación económica de ambos progenitores resulta esencial para alcanzar una solución equilibrada y ajustada a Derecho.
*Si tras un divorcio han cambiado las circunstancias económicas o tienes dudas sobre cómo debe calcularse la pensión de alimentos en un régimen de custodia compartida, en Saverio Abogados podemos estudiar tu caso y asesorarte sobre la solución jurídica más adecuada para proteger tanto tus derechos como el bienestar de tus hijos.
