Nuestra defendida sufría de forma habitual episodios de malos tratos por su pareja, hasta el punto que evitaba salir de casa, así como dejar de hacer uso de las redes sociales o tener contacto con sus amistades, por el miedo a las represalias posteriores. El Juzgado de lo Penal nº 2 de Madrid condena al marido por un delito de amenazas en el ámbito familiar previsto en el artículo 171.4 del Código Penal.