La orden de alejamiento es una medida cautelar que consiste en prohibir a la persona acusada de haber cometido una agresión que se acerque a la víctima. Se encuentra regulada en el Código Penal.
Hay diferentes tipos de orden de alejamiento: puede consistir en la prohibición de acercarse o simplemente en no residir en el mismo lugar que la víctima o sus familiares.
En algunos casos, la orden de alejamiento es esencial y está destinada para los delitos de violencia de género o violencia doméstica; por tanto, su finalidad es proteger a las siguientes personas físicas:
- Cónyuges o persona con quién se tenga una relación de afectividad;
- Descendientes;
- Menores que estén bajo tutela.
¿Cuál es el contenido de una orden de alejamiento?
El contenido de la orden de alejamiento se puede resumir en:
- Prohibición de residir en el mismo lugar de la víctima (o de la familia) o acercarse a este.
- Veto a acudir al lugar en que se haya cometido el delito.
- Negativa a acudir al lugar de trabajo de la víctima.
- Prohibición de aproximarse a la víctima y a sus familiares, estén donde estén.
- Prohibición de comunicarse con la víctima o sus familiares, sea de la forma que sea (escrita, verbal o visual).
Requisitos necesarios para que se tramite una orden de alejamiento
- Debe ser establecido por un juez o tribunal;
- La víctima debe haber denunciado el delito;
- Debe haber pruebas suficientes para que se tramite la orden de alejamiento;
- La víctima o su familia se encuentran en una situación de peligro, por lo que se considera que la orden es necesaria para su seguridad.
Y ¿si se incumple la orden de alejamiento?
Si se da un encuentro entre agresor y víctima, lo primero que habrá que hacer será aclarar la circunstancia del encuentro. Es decir:
- Que el agresor haya querido encontrarse con la víctima e infringir queriendo la orden de alejamiento (artículo 468.2 del Código Penal).
“El incumplimiento consciente y voluntario de una orden de alejamiento puede conllevar la comisión de un delito de quebrantamiento de medida cautelar o de quebrantamiento de condena, según se trate. Dicha orden de alejamiento suele adoptarse en la práctica junto a la de prohibición de comunicación, si bien ambas figuras son independientes y pueden adoptarse por separado”.
- Que el agresor no haya querido encontrarse con la víctima, siendo fortuito el encuentro. En este caso no tendrá castigo.
La orden de alejamiento (delito de quebrantamiento de condena) se incumple cuando el agresor se acerca a menos de 500 metros (que es la distancia habitual de la orden de alejamiento) de donde se encuentre la víctima en ese momento, o bien a menos de 500 metros de la residencia habitual de la víctima (esté esta en casa o no) o del lugar de trabajo. Si esto pasa, se detendrá al agresor.
Es importante tener en cuenta que, si la víctima comparte la residencia habitual con el agresor, tendrá que abandonar su hogar, incluso si es el único propietario de la vivienda.
¿Cuánto dura una orden de alejamiento?
Si la orden de alejamiento se considerara una medida cautelar antes de que se celebre el juicio, entonces terminará después de este. Así suele ser en la mayoría de los casos, en que se emite una orden de alejamiento.
Sin embargo, si la orden de alejamiento tuviera nacimiento en una sentencia, terminará cuando el tribunal lo considere oportuno con el objetivo de proteger a la víctima. En ese caso, la duración dependerá de la gravedad del delito cometido.
Para los delitos leve, la orden de alejamiento suele durar entre 6 y 12 meses; si se trata de delitos graves, la orden puede durar hasta 5 años, mientras que en los casos extremos se puede alargar hasta los 10 años. Sea cual sea su duración, siempre es determinada en el tiempo.
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